Transcurridos, 39 años de la fundación de la comuna de Empedrado, el 24 de febrero de 1835, el 22 de diciembre de 1891 fue creada la Ilustre Municipalidad, que en sus inicios comprendió las subdelegaciones de Empedrado y Purapel. Bajo la Presidencia de Don Arturo Alessandri, por Decreto 2604 del 24 de junio de 1937 se fijaron los límites urbanos de Empedrado, delimitando el territorio jurídico de la corporación a una superficie de 564,9 km², que hoy cuenta con una población de 4.142 habitantes (censo INE año 2017)

Según el artículo 1° de la Ley N º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, una municipalidad es corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la respectiva comuna, objetivos que están fielmente reflejados en la visión y misión de nuestra organización.

Nuestro compromiso es ejercer a diario, un servicio público de calidad, logrando satisfacer las necesidades que los ciudadanos tienen en relación a los servicios que ofrece el estado, a través de nuestro municipio, mediante una administración más cercana, que atiende sus demandas y necesidades, con servicios eficientes, eficaces, transparentes en sus actos administrativos, en la tramitación de sus servicios y en la oportunidad de su entrega.

Según el Artículo 81º Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Es materia del concejo municipal, aprobar presupuestos debidamente financiados. examinar trimestralmente el programa de ingresos y gastos municipales, introduciendo las modificaciones correctivas a que hubiere lugar, a proposición del alcalde. En todo caso, el concejo sólo resolverá́ las modificaciones presupuestarias una vez que haya tenido a la vista todos los antecedentes que justifican la modificación propuesta, los cuales deberán ser proporcionados a los concejales con una anticipación de a lo menos 5 días hábiles a la sesión respectiva.

También es materia del concejo, Evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo, en el ejercicio de sus facultades propias. Las diferentes acciones de fiscalización deberán ser acordadas dentro de una sesión ordinaria del concejo y a requerimiento de cualquier concejal. El concejo, por la mayoría de sus miembros, podrá́ disponer la contratación de una auditoria externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio. Esta facultad podrá́ ejercerse sólo una vez al año en los municipios cuyos ingresos anuales superen las 6.250 unidades tributarias anuales, y cada dos años en los restantes municipios. Sin perjuicio de lo anterior, el concejo dispondrá́ la contratación de una auditoria externa que evalúe la ejecución del plan de desarrollo, la que deberá́ practicarse cada tres o cuatro años, respectivamente, según la clasificación de los municipios por ingresos.

Ser una comuna innovadora y efectiva, en donde se promueva el desarrollo económico y social integral, poniendo en valor la educación, identidad comunal y las iniciativas de sostenibilidad ambiental, todo dentro de un marco de calidad y equidad.

Ser una comuna con un desarrollo integral, sustentable con equilibrio territorial, innovadora pero siempre respetando nuestras tradiciones, patrimonio y cultura.

La comuna de empedrado limpia, segura, tranquila y rural, apuesta al desarrollo integral de sus habitantes y del territorio comunal; potenciando la industria forestal local, la agricultura intensiva y el turismo rural; promoviendo productos de calidad con agregación de valor, con identidad local que permitan posicionar a la comuna como un destino atractivo de inversión y turismo

Ilustre Municipalidad de Empedrado

Una organización, comprometida con el progreso y desarrollo de nuestra comuna y su gente